Movistar, Jazztel, Ono y Orange prohíben compartir la conexión entre vecinos

Hace apenas unos días que saltó la noticia con la resolución de la CMT en la que se aceptaba que las comunidades de vecinos con la idea de compartir la conexión a Internet a través de WiFi y red eléctrica (PLC) es totalmente legal y no es necesario ser operador de telecomunicaciones.

Ahora están moviendo ficha desde los operadores, blindando los contratos de servicio para impedir que una misma conexión a la red sea utilizada desde más de un hogar, ahora yo me pregunto como comprobarán que está siendo así sin invadir nuestra privacidad.

Algunas operadores están siendo más explícitas y otras algo ambiguas en su definición de como controlar esto. Se supone que incumplir esta limitación permite al operador rescindir el contrato e interrumpir el servicio.

En el caso de Movistar y Orange prohíben utilizar la conexión fuera del domicilio del contrato, vamos que no puedes conectarte a tu WiFi desde la calle, ten cuidado si te ven. Y para ser más exactos los operadores que prohíben 100% la reventa son Movistar, Jazztel, Vodafone y Ono prohíben la reventa. Pero está claro que si se reparte el gasto de la conexión y no hay ánimo de lucro no se puede considerar reventa, en una comunidad de vecinos es como compartir el coste de la línea de emergencia del ascensor y otros gastos comunes. Pero en el caso de Movistar, Jazztel y Ono hacen una prohibición expresa aunque no exista contraprestación económica. Solo las condiciones de Vodafone parece que dejan la posibilidad de compartir la conexión sin revender.

Aquí os dejamos unos extractos de los contratos gracias a bandaancha:

Contrato de Movistar. Ver.

Asimismo, la utilización del Servicio podrá exclusivamente destinarse al ámbito profesional o privado y para uso exclusivo en el domicilio que el CLIENTE haya indicado para la provisión del Servicio. Queda expresamente prohibida la realización de actos de reventa o comercialización del Servicio a terceros ajenos a la prestación del Servicio o, en cualquier caso, de compartición de recursos fuera del domicilio para el que haya solicitado la provisión del Servicio. En caso de incumplimiento de la presente condición, MOVISTAR podrá suspender la prestación del Servicio.

Contrato de Orange. Ver.

El Servicio ADSL Directo Orange se presta al Cliente en su calidad de cliente final, no pudiendo este último revenderlo a terceros. El Servicio ADSL Directo Orange se limita al ámbito del domicilio del Cliente. El Cliente se obliga a no conectar al Servicio ADSL Directo ORANGE ningún sistema informático, equipamiento o similar que esté ubicado fuera del domicilio de instalación del Servicio ADSL Directo Orange contratado.

Contrato Jazztel. Ver.

Estos Servicios se prestan al Cliente para utilización exclusiva como usuario final. En ningún caso podrá el Cliente revender o distribuir el Servicio a terceros, salvo autorización expresa de JAZZTEL.

Contrato de Vodafone. Ver.

El cliente no podrá utilizar el servicio para […] reventa a terceros.

Contrato de ONO. Ver.

Los productos contratados no incluyen la posibilidad de su reventa o utilización para un terminal público, ni su utilización por cuenta o en beneficio de terceros ya sea mediante cualquier tipo de contraprestación económica o gratuidad. Usted será responsable del buen uso y utilización de los productos contratados únicamente para su uso personal y particular, sin poder cederlos sin consentimiento expreso de ONO, y comprometiéndose a controlar el acceso al mismo.

Así que ya estamos tardando en buscar operadores alternativos para compartir la conexión, que por suerte los hay y son muchos. También es importante tener en cuenta otros aspectos legales como ya comentaban en 2008 en El Mundo.

Fuente: bandaancha. Imagen Versus.

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