Control horario a empleados: todo lo que necesitas saber

Desde que se publicó la ley en el BOE en la cual todas las empresas tenían la obligación de realizar el registro horario, el control horario a empleados se ha vuelto fundamental para las empresas. Hasta ese momento, solo unas pocas lo hacían, ahora todas tienen la obligación.

¿Qué dice la ley del Real Decreto?

Teniendo en cuenta la ley aprobada el 12 de marzo, ya se saben las bases a través de las cuales se realiza el registro horario de los empleados. Para que te hagas a la idea, los requerimientos básicos son los siguientes:

  • Todas las empresas tienen la obligación de registrar el horario de sus empleados, sin importar el tipo de jornada que desarrollen.
  • El registro de los trabajadores deberá ser guardado como mínimo 4 años.
  • La información debe estar a disposición de los trabajadores y de los sindicatos.
  • Los empleados tienen el derecho de saber la distribución y duración de la jornada diaria.
  • Las horas extra realizadas deben estar a disposición de los empleados y sindicatos.

¿Cómo se realiza el registro horario?

El registro horario puede ser realizado con una sencilla hoja de Excel, la cual deberá ser completada por el trabajador según los turnos que vaya realizando.

Pero para facilitar las cosas, lo más recomendable es optar por un software de registro horario. Son fáciles de usar y hacen que la gestión sea mucho más sencilla para el departamento de Recursos Humanos.

El mejor software de registro horario es el de Bizneo.com. Sin lugar a dudas, el software de Bizneo destaca por ser el más sencillo y completo del mercado. Eso hace que la gran mayoría de empresas están optando por el mismo, gracias a que ofrece una gran cantidad de funcionalidades. Todas esas funcionalidades van dirigidas a conseguir una gestión más sencilla y así ahorrar tiempo. Ese tiempo ahorrado con el programa se puede usar para otros fines y así aumentar la productividad y en consecuencia los beneficios de la empresa.

¿Es obligatorio el registro de control horario?

La respuesta es sí, desde que salió la ley, todas las empresas tienen la obligación de realizar el registro horario de sus empleados. No importa si trabajan en la oficina o a distancia, el registro debe quedar registrado por ley.

Por suerte, en la actualidad programas como Bizneo también ayudan a realizar el registro horario incluso fuera de las instalaciones de la empresa. Teniendo en cuenta que cada vez son más las personas que trabajan a distancia, es una herramienta realmente necesaria para realizar ese registro. El empleado solo tiene que usar el móvil o dispositivo vinculado y fichar cuando comienza y finaliza el trabajo. Todo queda registrado y en consecuencia se puede decir que se está cumpliendo la ley.

Mejores programas de control horario

Anteriormente hemos comentado que el programa de Bizneo es uno de los más completos y con mejores opiniones. Pero hay más opciones entre las que podemos optar. Leyendo el artículo de WikiTecnologia.com sobre los mejores software de control horario, vemos que ellos también optan por Bizneo como la mejor opción. Pero también nos ofrecen otras alternativas como Sage, Track People o Workday entre otros programas.

Con este listado podemos concluir que hay diferentes herramientas entre las que podemos optar. Lo importante es certificar que el programa elegido realmente nos ofrece lo que buscamos y en consecuencia vamos a poder cumplir la ley. Al fin y al cabo, el registro horario no solo beneficia a la empresa, también a los trabajadores. Por ese motivo, es vital que todo quede bien registrado.

¿Hay multas por no cumplir la normativa?

La respuesta es sí, las empresas que no cumplan la normativa tendrán que asumir fuertes multas. Por supuesto, las empresas deben ofrecer las herramientas necesarias al trabajador para que realicen el registro, es decir, si el empleado se niega, también podría ser sancionado.

No cumplir la ley de registro horario se considera una infracción grave. Eso quiere decir que, en el menor de los casos, el importe de la multa será desde los 626 euros. Pero la misma puede ser a partir de los 1251 euros si se considera de grado medio o a partir de los 3126 euros si se declara como grado máximo. Por ese motivo, las empresas tienen la obligación de cumplir la ley.

No hay que olvidar que los registros deben ser guardados como mínimo durante cuatro años. Si se eliminan antes de tiempo y la empresa sufre una inspección, la multa sería la misma que si no se hubiese realizado el control horario.

Por suerte, desde es-asp.net nos indican que con la ayuda de los mejores software de control horario para empresas no hay problemas de guardado. Son muchos los programas que guardan la información en la nube, es decir, los datos no ocupan lugar en los dispositivos de la oficina. Es decir, ya no hay excusa para no guardar los datos durante los cuatro años porque ya no ocupan lugar.

¿Quiénes están exentos de cumplir la ley de control horario?

Dentro de la ley podemos comprobar que hay algunos cargos que están exentos de cumplir la ley por diferentes motivos. Pasamos a mostrarte un listado de ellos para que los puedas conocer.

  • Personal de alta dirección.
  • Trabajadoras domésticas.
  • Deportistas profesionales.
  • Penados en las instituciones penitenciarias.
  • Artistas que trabajan en espectáculos públicos.
  • Trabajadores con discapacidad que realizan su trabajo en centros especiales de empleo.
  • Abogados en diferentes variables.

Como hemos podido comprobar, los trabajadores que están exentos de cumplir la ley son trabajadores que por diferentes motivos no pueden cumplir con esa normativa.

No hay que olvidar que los trabajadores que están dentro de un régimen específico sobre la jornada, incluidos los que trabajan a tiempo parcial, también deben realizar el registro horario. Antes de la ley ya tenían la obligación y ahora siguen teniéndola. En este caso, la empresa deberá entregar una copia mensual al trabajador para que el mismo pueda certificar las horas que ha trabajado. Y en caso necesario, cobrar las horas extra que haya podido realizar de más.

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